Los fertilizantes usados en la agricultura están sometidos a las reglamentaciones que competen en vigilancia y control. Cualquier tipo de producción de un producto fertilizante debe contar con unos requisitos mínimos con el objeto de adecuarse a la legislación vigente y evitar el régimen sancionador. Así como para prevenir los riesgos para la salud y el medio ambiente que conlleva la aplicación de productos no reglados. Los productos englobados en los grupos 2, 3, 4.4 y 6 del anexo I del RD 506/2013 (productos con materias primas de origen orgánico) deben ser inscritos por obligación antes de su comercialización en el Registro de Productos Fertilizantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
En GAIAMBIENTE, como parte de nuestro servicio de consultoría de fertilizantes, nos encargamos de todo. Prestamos asesoramiento técnico en todas las partes del proceso de cumplimiento legal de un producto fertilizante. Elaboramos la documentación necesaria, ayudamos en la selección de laboratorios, asesoramos en la correcta selección de materias primas y guardamos estricta confidencialidad con respecto a los componentes de los productos y el modelo de producción adoptado.
Grupo 1: Abonos inorgánicos nacionales.
Grupo 2: Abonos orgánicos.
Grupo 3: Abonos órgano-minerales.
Grupo 4: Otros abonos y productos especiales.
Grupo 5: Enmiendas calizas.
Grupo 6: Enmiendas orgánicas.
Grupo 7: Otras enmiendas.